La Justicia rionegrina ratificó la prisión preventiva para Axel Adrián Araneda, el conductor imputado por el siniestro vial ocurrido sobre la Ruta Nacional 22 a finales del año pasado, en el que perdieron la vida cuatro integrantes de una misma familia oriunda de Catriel. La resolución fue adoptada tras una audiencia de revisión en los tribunales de General Roca, donde el magistrado interviniente desestimó de manera rotunda las solicitudes presentadas por la defensa del acusado, quien pretendía obtener la excarcelación o el beneficio de una prisión domiciliaria con tobillera electrónica.
Al mismo tiempo, y en consonancia con el planteo formulado por la fiscal del caso, María Celeste Benatti, el juzgado dispuso una prórroga de dos meses para la finalización de la etapa preparatoria, extendiendo el plazo formal de la investigación penal hasta el próximo 6 de septiembre. Los investigadores judiciales argumentaron que la continuidad de la medida de coerción en un establecimiento carcelario resulta indispensable para neutralizar los riesgos procesales subsistentes, con especial énfasis en el peligro latente de fuga por parte del encartado.
El trágico suceso que originó la causa penal ocurrió el 21 de noviembre de 2025 a la altura del kilómetro 1204 de la Ruta 22, dentro de la jurisdicción del municipio de Allen. Según las pericias mecánicas y los datos preliminares recolectados, la camioneta Volkswagen Amarok que guiaba Araneda colisionó de forma violenta contra una Ford EcoSport en la que viajaba el grupo familiar. A raíz del fortísimo impacto fallecieron Liliana Cocuzza, de 60 años; su hija Karina Gutiérrez Cocuzza, de 32; y los dos hijos de esta última, de 6 y 4 años de edad, resultando como único sobreviviente Justo Pastor Gutiérrez, esposo y padre de las víctimas.
Actualmente, Axel Adrián Araneda permanece procesado bajo la calificación legal de homicidio culposo, agravado tanto por la pluralidad de víctimas fatales como por la constatación de un marcado exceso de velocidad al momento del hecho. Cabe señalar que, de acuerdo con los resultados de los estudios periciales incorporados al expediente, el agravante vinculado a la conducción bajo los efectos del alcohol fue formalmente descartado por los peritos, debido a que los niveles registrados en sangre no alcanzaban el mínimo punible exigido por la normativa vigente para sustentar dicha figura penal.

























