Lo que debería haber sido un momento de alegría por un acierto en la quiniela terminó en un complejo expediente judicial que sienta un precedente sobre los escraches en internet. Una vecina de El Bolsón se vio obligada a recurrir al Juzgado de Paz luego de que una agencia de lotería se negara a abonarle un premio obtenido legalmente.
Ante la falta de respuesta del comercio, la mujer inició una demanda. La presión judicial surtió efecto inmediato: antes de llegar a la audiencia, la propietaria de la agencia depositó los $21.000 reclamados en la cuenta del juzgado. Sin embargo, el conflicto tomó un giro inesperado cuando la comerciante denunció que estaba siendo blanco de ataques y publicaciones difamatorias en redes sociales por parte de la ganadora.
Prohibición de publicar y derecho de admisión
El Juez de Paz que intervino en el caso consideró que, una vez saldada la deuda económica, no existía justificación para que continuaran las exposiciones públicas del conflicto. En consecuencia, dictó una resolución de «bozal legal digital» contra la mujer.
La medida es estricta: la ganadora tiene prohibido emitir, publicar o difundir cualquier contenido que mencione a la dueña o a la agencia en redes sociales (Facebook, Instagram, WhatsApp, etc.). Esta restricción abarca textos, imágenes, audios o videos, y su incumplimiento podría derivar en una causa penal por desobediencia judicial.
«Persona no grata»
Como cierre de la disputa, la dueña de la agencia fue más allá y notificó formalmente que la mujer tiene prohibido el ingreso a sus locales. El juzgado reconoció que esta medida responde al «derecho de admisión» del comercio y lo dejó asentado en el fallo.
Finalmente, el dinero del premio será entregado a la mujer en una audiencia privada, donde también será notificada oficialmente de que ya no puede hablar del local donde, irónicamente, tuvo la suerte de ganar.
























