La tradicional Vuelta de la Manzana sumó un capítulo judicial que pone la lupa sobre la seguridad en las competencias de rally. Un fallo de primera instancia condenó al piloto involucrado, a la Asociación Volantes de General Roca (AVGR) y a la Asociación Civil Rally Argentino a indemnizar a un espectador que sufrió lesiones graves durante una de las pruebas desarrolladas en el autódromo local.
El incidente se produjo cuando un vehículo de competición perdió el control en una curva, impactó contra el lateral de la pista y golpeó violentamente un alambrado. Como consecuencia del choque, diversas partes del auto salieron despedidas y alcanzaron a un hombre que se encontraba detrás del cerco perimetral.
Responsabilidad compartida: del piloto a los organizadores
La sentencia fue tajante al distribuir las culpas. Por un lado, responsabilizó al piloto en su carácter de conductor y «guardián de una cosa riesgosa» (el vehículo de carrera). Sin embargo, el análisis más profundo recayó sobre la organización del evento.
El magistrado determinó que tanto la AVGR como el Rally Argentino incumplieron su deber de seguridad. Según el fallo, no se acreditó la existencia de un plan de seguridad eficaz ni una señalización adecuada que advirtiera al público sobre los peligros de ubicarse en sectores críticos, como el exterior de las curvas.
«La presencia de espectadores en ese sitio no podía considerarse un hecho imprevisible, sino una situación que los organizadores debían anticipar y controlar», destaca la sentencia, rechazando el argumento de que la culpa fue de la víctima por su ubicación.
Quiénes pagan y quiénes quedaron fuera
El fallo incluyó en la condena a las compañías aseguradoras, que deberán responder según los límites de sus pólizas. Asimismo, el Automóvil Club Argentino (ACA) fue señalado como responsable civil debido a su rol de fiscalización, aunque sin una condena directa por cuestiones procesales.
En la vereda opuesta, la Municipalidad de Roca fue absuelta de responsabilidad, ya que la Justicia consideró que no tuvo una intervención directa en el diseño del circuito ni en el control operativo de la competencia que justificara una sanción.
Cabe destacar que, al tratarse de una sentencia de primera instancia, las partes involucradas aún tienen la posibilidad de apelar la decisión ante una instancia superior.

























