Un fallo del fuero Civil de Roca condenó a Banco Patagonia a resarcir a un jubilado cuya cuenta bancaria fue vaciada en cuestión de minutos mediante extracciones y transferencias no autorizadas. La sentencia concluyó que la entidad bancaria incumplió con su deber de seguridad en las operaciones electrónicas.
El damnificado, cuyos únicos ingresos provienen de su jubilación, advirtió las operaciones fraudulentas (extracciones y una transferencia) que dejaron su cuenta en cero y al descubierto. Tras hacer el reclamo en el banco y la denuncia penal correspondiente, y ante la falta de respuesta, el hombre acudió a la Justicia.
Banco Patagonia negó su responsabilidad, argumentando que no existieron fallas en su sistema. La entidad sostuvo que las transacciones se ejecutaron como pagos por transferencia, QR o débito, e insinuó que el cliente pudo haber facilitado sus credenciales de manera involuntaria, afirmando que no se probó ningún hackeo o fraude informático.
Sin embargo, el jubilado relató que el banco lo dejó «completamente expuesto», no solo perdiendo la totalidad de su dinero, sino además generándole una deuda.
La jueza rechazó la defensa del banco y dio lugar a la demanda por daños y perjuicios. El fallo consideró probado que la entidad no acreditó haber activado bloqueos ni emitido alertas frente a operaciones que vaciaron la cuenta en un lapso muy corto.
La pericia informática resultó clave, pues reveló que las transacciones cuestionadas no se realizaron por canales tradicionales, como el Home Banking. Además, el banco fue señalado por no proporcionar al perito la información necesaria para esclarecer la forma en que se ejecutaron las operaciones.
La sentencia determinó que el banco no cumplió con el deber de seguridad ni el trato digno hacia el cliente, obligándolo a devolver el dinero sustraído y a pagar las correspondientes indemnizaciones.
























