La liquidación de haberes de julio de 2026 llegará con modificaciones estructurales profundas para el sector mercantil, que estrenará una nueva grilla salarial como resultado de su reciente acuerdo paritario. El cambio responde principalmente a la formalización definitiva de los importes adicionales que previamente se liquidaban por fuera del sueldo bruto regular, los cuales ahora pasan a integrar los rubros fijos del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Esta reconfiguración, acordada entre la FAECYS y las cámaras del sector (CAC, CAME y UDECA), implica el «blanqueo» definitivo de los fondos extraordinarios pactados en las mesas sectoriales anteriores. En la práctica, el proceso contempla la absorción al sueldo básico de los $100.000 no remunerativos más un plus extraordinario de $20.000. Al consolidarse dentro del esquema retributivo tradicional, estos montos elevan de forma directa el piso utilizado para calcular los adicionales de convenio (como antigüedad y presentismo), el Sueldo Anual Complementario (SAC o aguinaldo) y el plus vacacional.
La escala salarial para jornada completa
A partir de la aplicación de estos cambios estructurales de las escalas vigentes, la grilla de haberes básicos de referencia para el personal que cumple funciones a tiempo completo queda establecida bajo el siguiente esquema para el mes de julio:
| Categoría | Maestranza | Administrativos | Cajeros | Vendedores |
| Categoría A | $1.233.585 | $1.245.631 | $1.249.646 | $1.249.646 |
| Categoría B | $1.236.794 | $1.250.454 | $1.255.270 | $1.273.746 |
| Categoría C | $1.248.038 | $1.255.270 | $1.262.499 | $1.281.775 |
| Categoría D | — | $1.269.729 | — | $1.299.445 |
| Categoría E | — | $1.281.775 | — | — |
| Categoría F | — | $1.299.445 | — | — |
Nota: Cabe destacar que los montos detallados constituyen los sueldos básicos regulados. Las remuneraciones finales de bolsillo estarán sujetas a variaciones individuales dependiendo de la antigüedad, el presentismo, el adicional por manejo de caja, las comisiones y las horas suplementarias trabajadas.
¿Qué pasa con los contratos de media jornada?
El cálculo de los haberes para el personal bajo el régimen de jornada reducida (como el caso de cajeros que cumplen 20 horas semanales, distribuidas en 4 horas diarias, 5 días a la semana) se realiza de manera proporcional, tomando como base el tope legal de 48 horas semanales. Esta modalidad representa el 41,6% de una prestación a tiempo completo.
Aplicando este porcentaje sobre los criterios de la escala oficial, las remuneraciones estimadas para el esquema parcial de cajeros se ubican de la siguiente manera:
- Categoría A: cerca de $520.000 mensuales (sobre un básico completo de $1.249.646).
- Categoría B: en torno a los $522.000 mensuales (sobre un básico completo de $1.255.270).
- Categoría C: entre $525.000 y $530.000 mensuales (sobre un básico completo de $1.262.499).
Al igual que en la jornada completa, estas cifras constituyen aproximaciones proporcionales de los básicos, por lo que el monto final de bolsillo se incrementará al incorporar el presentismo, la antigüedad acumulada y el plus específico por pérdida de caja establecido por el convenio gremial.

























