Un hombre de Bariloche que compró materiales para edificar dos casas denunció el faltante de cien perfiles metálicos. Aunque había firmado el remito de entrega, una cámara de seguridad del municipio se convirtió en la prueba clave que le dio la razón en su reclamo. El fallo judicial, que condena a la empresa a indemnizar al cliente, subraya la importancia de las pruebas digitales y la protección al consumidor.
El cliente firmó el remito de los materiales de noche, con prisa y bajo una iluminación precaria. Días después, al iniciar la obra, descubrió que faltaban cien perfiles. Aunque la empresa Crams SRL se negó a reconocer el faltante, argumentando que el cliente había firmado la recepción completa de la mercancía, la disputa escaló al fuero Civil.
La defensa de la compañía afirmó que los materiales salieron del depósito y que el cliente lo había confirmado con su firma, sin aportar documentación interna que respaldara su versión. Sin embargo, una cámara de seguridad del municipio de Bariloche captó el momento en que el camión ingresaba a la ciudad. Las imágenes mostraron que en la caja del vehículo solo había dos paquetes de perfiles, en lugar de los tres que la empresa debía entregar.
El juez desestimó la explicación de la empresa, que sostuvo que el paquete faltante se había cargado fuera de sus instalaciones. Para el magistrado, la firma del cliente en el remito no fue concluyente, ya que se realizó en condiciones desfavorables, sin luz y bajo la presión del chofer.
La sentencia dio por probado el incumplimiento de la empresa. Además, aplicó la carga probatoria dinámica, un principio habitual en juicios de consumo que obliga al proveedor a demostrar sus afirmaciones cuando el consumidor no tiene los medios para hacerlo.
Aunque el fallo de primera instancia condenó a Crams SRL a indemnizar al cliente por los perfiles no entregados, la sentencia aún no es definitiva y puede ser apelada.

























