Tras meses de tensiones políticas y judiciales, el Gobierno Nacional reglamentó finalmente la Ley de Emergencia en Discapacidad (N° 27.793). La decisión administrativa llega como respuesta directa a una orden del Juzgado Federal de Campana, que declaró inválida la suspensión de la norma que el Ejecutivo había intentado sostener alegando falta de presupuesto.
El camino de esta ley estuvo marcado por el conflicto: fue sancionada por el Congreso en julio de 2025, vetada por el Presidente en agosto, y posteriormente ratificada por una abrumadora mayoría legislativa. Pese a esto, el Ejecutivo había frenado su aplicación hasta que un amparo colectivo impulsado por familias obligó a su inmediata puesta en marcha, fijando un plazo de 30 días para su reglamentación que venció recientemente.
Entre los puntos principales de la nueva reglamentación, se destaca la incorporación de la Secretaría Nacional de Discapacidad al ámbito del Ministerio de Salud. El objetivo de este movimiento es centralizar las políticas públicas bajo un enfoque integral que combine la asistencia sanitaria con la protección social y económica de las personas con discapacidad.
Asimismo, la normativa establece la creación de un nuevo régimen de pensiones, buscando agilizar y garantizar el acceso a derechos que se encontraban vulnerados por la falta de financiamiento. Aunque el Estado Nacional intentó apelar la medida judicial, la presión de los tribunales y la urgencia del sector desembocaron en la firma del Decreto 84/2026, que ya entró en vigencia plena en todo el territorio nacional.

























