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Río Negro avanza en la regulación de transfusiones sanguíneas en urgencias médicas para pacientes con objeciones religiosas

La Legislatura aprobó en primera vuelta un proyecto del bloque CC ARI-Cambiemos que crea el Registro Provincial de Directivas Anticipadas. La norma busca otorgar seguridad jurídica a los equipos médicos y proteger la vida en situaciones críticas cuando no exista constancia previa de negativa.

La Legislatura de Río Negro aprobó en primera vuelta y por mayoría el proyecto de ley que fija un marco de actuación claro para los profesionales e instituciones de salud, públicas y privadas, ante urgencias médicas que requieran transfusiones de sangre en pacientes que rechacen dicho procedimiento por motivos religiosos o de conciencia, como ocurre habitualmente con los miembros de los Testigos de Jehová.

La iniciativa, redactada e impulsada por el bloque CC ARI-Cambiemos y defendida en el recinto por el legislador Javier Acevedo, busca saldar un vacío normativo que expone a los médicos a dilemas éticos y legales cuando deben tomar decisiones en escasos minutos sobre personas inconscientes o en riesgo inminente de muerte.

Ejes clave de la normativa aprobada

  • Registro Provincial de Directivas Anticipadas: Creación de una nómina oficial dependiente del Ministerio de Salud provincial donde cualquier ciudadano mayor de edad podrá expresar, de forma fehaciente, válida y actualizada, su negativa a recibir sangre o hemoderivados. Los centros de salud tendrán la obligación de consultar este registro antes de proceder.
  • Priorización de la vida ante la falta de registro: Si un paciente ingresa en estado crítico, no puede manifestar su voluntad y no cuenta con un documento previo, válido e inscripto que certifique su negativa, el equipo médico estará facultado para realizar la transfusión con el fin de salvar su vida.
  • Respeto a la autonomía de la voluntad: Si la persona dejó sentada formalmente su negativa previa (en sintonía con la Ley Nacional N.º 26.529 de Derechos del Paciente), el personal médico deberá respetar estrictamente su decisión.
  • Protocolo para menores (16 a 18 años): En el caso de adolescentes dentro de esta franja etaria cuya negativa ponga en peligro inminente su supervivencia, la ley dispone la intervención judicial inmediata para resolver la situación.
  • Promoción de alternativas: El Ministerio de Salud de Río Negro, en su rol de autoridad de aplicación, capacitará a los equipos de salud y fomentará el uso de tratamientos y tecnologías médicas alternativas sin sangre cuando resulten clínicamente viables.

Antecedentes y camino parlamentario

Durante el debate, se recordaron precedentes jurisprudenciales clave como el histórico caso «Bahamondez» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (1993), así como un hecho reciente ocurrido en Viedma, donde la Justicia rionegrina debió autorizar de urgencia una transfusión a un motociclista en grave estado perteneciente a los Testigos de Jehová que no contaba con directivas anticipadas registradas.

Tras esta primera aprobación mayoritaria, la iniciativa legislativa deberá ser sometida a un segundo debate en el recinto para obtener su sanción definitiva y convertirse en ley provincial.

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