Una empleada pública de San Antonio Oeste, que contrató dos préstamos personales a través de la mutual Unión Provincial Asociación Mutual (UPAM) por WhatsApp, descubrió que figuraba como deudora en la categoría 4 del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina (BCRA). A raíz de esta situación, la mujer inició una demanda que concluyó con una condena contra la mutual y el Banco del Sol S.A., entidad que había adquirido la cartera de créditos.
La demandante demostró que había contratado dos préstamos con la mutual, cuyas cuotas se descontaban directamente de su recibo de sueldo. Sin embargo, al intentar obtener un nuevo crédito, se enteró de que su historial crediticio estaba afectado, lo que le impedía acceder a nuevos préstamos.
La falta de información como eje del fallo
El Juzgado de Paz de San Antonio Oeste falló a favor de la mujer. El fallo determinó que tanto la mutual como el banco no cumplieron con el deber de información previsto en la Ley 24.240, que protege a los consumidores. El juez consideró que los contratos de adhesión eran complejos y que no se informó de manera clara a la clienta sobre la cesión del crédito a otra entidad, en este caso, el Banco del Sol.
El juzgado también estableció que la situación provocó un daño moral a la demandante, ya que la inclusión en la base de deudores del BCRA afectó su reputación y libertad financiera. Aunque el Banco del Sol corrigió la situación tras recibir la demanda, el fallo señala que esta medida fue un «paliativo» y que el daño podría haberse evitado si se hubiera cumplido con el deber de información desde el principio.
Finalmente, el juzgado condenó a Unión Provincial Asociación Mutual (UPAM), al Banco del Sol S.A. y a la empresa Grupo Unión S.A. a pagar a la mujer una indemnización de 500.000 pesos, más intereses, por los daños ocasionados.

























