Un reciente informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) reveló que los trabajadores asalariados en Argentina deben destinar entre 172 y 183 días al año únicamente al pago de impuestos. Esto implica que, durante la mitad del año calendario, todo lo que ganan va a parar al Estado en forma de tributos nacionales, provinciales y municipales.
En el contexto de un 2025 atravesado por el debate sobre la presión fiscal, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) publicó un estudio que analiza la carga tributaria formal que soportan distintos perfiles de trabajadores asalariados en el país. La investigación contempla tributos nacionales, provinciales y municipales, tanto directos (como aportes personales) como indirectos (como impuestos al consumo).
El informe considera cuatro perfiles de familias asalariadas, con ingresos de distinto nivel. Según los resultados:
El estudio detalla que, en promedio, de cada hora trabajada, 30 minutos se destinan al pago de impuestos, lo que representa una carga tributaria cercana al 50 % del ingreso de bolsillo. Entre los tributos analizados se incluyen el IVA, Ganancias, impuestos inmobiliarios y automotores, entre otros. Según el IARAF, esta presión fiscal se mantiene elevada y constante, impactando directamente en la capacidad de consumo y ahorro de los trabajadores formales del país.
Como se logra observar en el gráfico realizado por IARAF, el trabajador argentino tiene una presión tributaria asfixiante. El gráfico es explicado por el Instituto del siguiente modo:
«Los resultados de la carga tributaria para los cuatro perfiles de ingresos reflejan una carga tributaria integral que está entre el 47,3% y el 49,9% del ingreso total, es decir que presenta una baja dispersión, a pesar de que el nivel máximo de ingreso es equivalente a 4,6 veces el ingreso mínimo. Otra manera de ver estos resultados es transformando los porcentajes en número de días de un año calendario, surgiendo en consecuencia hasta qué día del año un ciudadano debe trabajar para cumplir con sus obligaciones tributarias. Con esta mirada, se tiene que los perfiles analizados deberían trabajar entre 173 y 182 días para cumplir con sus obligaciones, lo cual implica un “Día de Independencia tributaria” entre el 22 de junio y 1° de julio.
Se pone de manifiesto la existencia de una regresividad en la carga tributaria. En efecto, los casos 2 y 3 de ingresos, que tienen un ingreso total un 118% y un 219% más alto que el caso 1, respectivamente, tienen una carga entre 1,5 y 2 puntos porcentuales inferior. Por su parte, el caso 4, con un salario un 360% mayor que el del caso 1, tiene una carga tributaria solamente 0,6 puntos porcentuales más elevada.»
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