Esta historia bien podría ser el guion de una película sobre la resistencia humana frente a la burocracia corporativa. Desde el año 1981, una vecina de Roca mantenía un vínculo inquebrantable con su viejo teléfono fijo de cobre. Durante cuatro décadas y media, esa línea no solo fue su rutina, sino su salvavidas y el único puente con su familia, un recurso fundamental para una mujer mayor que vive sola. Sin embargo, en 2018, la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A. decidió que el romanticismo analógico debía terminar y, de manera completamente unilateral, reemplazó el cableado tradicional por un moderno sistema inalámbrico con tecnología 4G. El problema de la «modernización» llegó rápido: el nuevo aparato dependía del suministro eléctrico, por lo que cada vez que se cortaba la luz en el barrio, el teléfono moría, dejando a la usuaria en una situación de total vulnerabilidad y absoluto aislamiento.
Lo que siguió fue un verdadero laberinto de frustraciones. Cuando la mujer intentó reclamar que su nueva y flamante tecnología la dejaba incomunicada en las emergencias, se topó con una pared digital. Para colmo de males, Telefónica levantó campamento y cerró definitivamente su oficina de atención presencial en General Roca, obligando a una persona mayor a lidiar con asistentes virtuales, aplicaciones móviles o, en el peor de los casos, a tener que viajar a otras localidades para que alguien de carne y hueso escuchara su reclamo. La angustia, el desprecio a su dignidad y la total falta de respuestas efectivas la llevaron a iniciar una demanda judicial en los tribunales roquenses, un terreno donde la empresa ni siquiera se molestó en contestar la acusación en la primera instancia.
El caso escaló hasta la Cámara de Apelaciones de Roca, tribunal que acaba de revisar el expediente y emitió un fallo ejemplar que pone límites a los abusos de las empresas de servicios. Los jueces confirmaron la total responsabilidad de Telefónica por haber degradado de forma deliberada la calidad de la comunicación contratada. Una pericia informática clave demostró que el servicio fallaba constantemente y que los riesgos del cambio tecnológico habían sido trasladados de manera desleal a la consumidora. Si bien la Cámara decidió ajustar un poco la cifra de la indemnización por daño moral para alinearla con los montos que se manejan en antecedentes similares, el tribunal se plantó con firmeza al evaluar la conducta de la compañía telefónica.
El veredicto final mantuvo con fuerza la aplicación del denominado daño punitivo, una sanción económica especial que la justicia reserva únicamente para los casos más graves. Los magistrados determinaron que Telefónica demostró un «marcado desprecio» por los derechos de la usuaria, imponiendo un cambio técnico deficiente, ignorando los reclamos reiterados y desmantelando la atención al público en la ciudad. Con esta resolución, la Justicia rionegrina no solo le devolvió la tranquilidad económica a la vecina estafada por la tecnología, sino que envió un mensaje disciplinario muy claro a las grandes corporaciones: el progreso nunca puede ser una excusa para pisotear la dignidad y la seguridad de los usuarios.

























