El juez federal en lo Civil y Comercial N° 5, Alejandro Patricio Maraniello, dictó una medida cautelar que prohíbe de manera provisoria la difusión de audios que se le adjudican a Karina Milei y que habrían sido registrados dentro de la Casa Rosada.
La resolución, que responde a un pedido de la secretaria general de la Presidencia y hermana del presidente Javier Milei, ordena suspender la circulación de ese material en medios de comunicación y redes sociales, al considerar que su divulgación podría afectar tanto la intimidad de la funcionaria como la seguridad institucional.
La demanda había sido presentada el viernes pasado, solicitando que se frenara la publicación de cualquier contenido audiovisual, chats, fotos o videos anunciados el 29 de agosto. Tras analizar el caso, Maraniello resolvió acceder solo en parte: el cese se limita estrictamente a los audios denunciados.
En su fallo, el magistrado subrayó que la medida no implica instaurar un mecanismo de censura previa, sino que se enmarca en una situación “puntual y excepcional”, con el fin de proteger derechos constitucionales como el honor y la privacidad, además de prevenir riesgos para el funcionamiento del Estado.
Por último, dispuso que el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) notifique la decisión a todos los medios y plataformas digitales para garantizar su cumplimiento.
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