Un cliente de un corralón de materiales de Viedma fue condenado a pagar una deuda por productos que retiró y no abonó. El hombre, que había mantenido una relación de confianza con el comercio, fue demandado judicialmente luego de dejar facturas y remitos sin pagar, a pesar de haber sido intimado formalmente.
En el proceso judicial, el hombre intentó alegar que el corralón le debía por trabajos de planimetría, pero su pretensión fue desestimada. El juzgado valoró la prueba documental presentada por el comercio, especialmente los remitos y facturas que el deudor no impugnó en su momento.
El juez civil de Viedma concluyó que el contrato de compraventa estaba probado y que la deuda era exigible, ya que el hombre no había cumplido con el pago de los materiales adquiridos. Por lo tanto, el juzgado hizo lugar a la demanda, ordenando el pago de la suma reclamada más los intereses correspondientes y las costas del proceso.
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