Fijan cuota alimentaria basada en el costo real de crianza en la Patagonia

La Justicia determinó que un padre deberá abonar el equivalente a 2,5 canastas de crianza del INDEC. El fallo destaca el valor económico de las tareas de cuidado que realiza la madre y establece un monto que supera el millón y medio de pesos.

En una sentencia que marca un precedente importante para la región, el Juzgado multifueros de El Bolsón dictó un fallo que actualiza los parámetros para fijar la cuota alimentaria, ajustándolos a la realidad económica actual. La jueza interviniente determinó que el progenitor no conviviente de un niño de 12 años deberá aportar mensualmente el valor de 2,5 canastas de crianza, además de cubrir las asignaciones familiares y gastos escolares.

El fallo se fundamenta en indicadores oficiales del INDEC, que para la franja etaria del menor (6 a 12 años) estima un costo de referencia cercano a los 586 mil pesos por canasta. Al fijar 2,5 unidades, la cuota resultante supera el millón y medio de pesos, una cifra que busca cubrir de manera integral educación, vivienda, salud y esparcimiento, reconociendo además el alto costo de vida en la zona patagónica.

Uno de los puntos más destacados de la resolución es el reconocimiento económico de las tareas de cuidado. La magistrada subrayó que la madre ejerce el cuidado personal de manera exclusiva, lo cual constituye un aporte económico concreto y mensurable que debe ser compensado por la otra parte. En este sentido, la justicia reafirmó que el tiempo dedicado a la crianza cotidiana tiene un valor que no puede ser ignorado al momento de distribuir las responsabilidades financieras.

Finalmente, la sentencia fue contundente respecto a la responsabilidad del alimentante: se aclaró que la falta de empleo o la existencia de nuevas cargas familiares no son excusas válidas para incumplir con esta obligación. Para garantizar el pago, se ordenó el descuento directo de los haberes del hombre (incluyendo aguinaldo) y se estableció que la medida rige retroactivamente desde la fecha de la mediación previa, extendiéndose hasta que el hijo cumpla los 21 años.

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