Ayer se conoció la decisión del Presidente de la Nación, Javier Milei, de conceder asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días miércoles 24 y 31 de diciembre de este año.
La medida fue formalizada mediante el Decreto Nº 883/2025 y tiene como principal motivación facilitar las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.
Motivos y alcances del asueto
Entre las consideraciones de la norma, se destaca la oportunidad de:
- Facilitar la Organización: Brindar un tiempo razonable para que los empleados públicos puedan realizar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a las conmemoraciones.
- Impulso Turístico: Se menciona que la medida tendrá un impacto beneficioso en el sector turístico.
- Impacto Presupuestario: El Gobierno aclara que el asueto no implica erogación presupuestaria adicional para el Estado.
Excepciones y feriados inamovibles
Es importante destacar las siguientes aclaraciones:
- Entidades excluidas: El asueto administrativo no alcanzará a las instituciones bancarias ni a las entidades financieras.
- Feriados nacionales: La ley N° 27.399 establece que los días 25 de diciembre (Navidad) y 1° de enero (Año Nuevo) son feriados nacionales inamovibles.
De esta forma, los empleados de la Administración Pública Nacional contarán con fines de semana largos para ambas festividades, facilitando los encuentros familiares.
























