El viernes se celebró un acto íntimo y cargado de emociones en el edificio del fuero de Familia de Cipolletti, donde dos hermanos de la misma edad recibieron la noticia oficial de su adopción plena. Este reconocimiento legal del Poder Judicial de Río Negro formaliza una realidad que la pareja adoptiva y los niños ya venían construyendo en su vida cotidiana.
El deseo expresado por los niños
El proceso legal se inició a mediados de año con la declaración de adoptabilidad y la posterior guarda preadoptiva. Desde entonces, los hermanos se integraron plenamente a su nuevo hogar, compartiendo rutinas, la escuela, el club, y sintiendo las camas como propias.
La solidez del vínculo quedó demostrada en una audiencia previa, donde los dos niños hablaron con claridad y confianza. Expresaron su deseo de:
- Ser adoptados por la pareja con la que convivían.
- Llevar los nombres y apellidos que ellos mismos eligieron.
- Llamar «mamá» y «papá» a quienes ahora también lo son por decisión judicial.
Los equipos técnicos intervinientes destacaron la fortaleza del lazo afectivo, la integración positiva a su entorno social y escolar, y el respeto por las trayectorias previas de los niños.
Una sentencia leída con afecto
En lugar de una lectura protocolaria, la comunicación de la sentencia se transformó en un acto pensado para los niños. Contó con la presencia de los padres adoptivos, profesionales del Equipo Interdisciplinario, Defensoras Públicas y la jueza que dictó la adopción.
La jueza se dirigió directamente a los hermanos y les leyó párrafos especialmente escritos para ellos, en un lenguaje claro y afectivo, incluidos en la propia sentencia.
Este encuentro se convirtió en una celebración compartida. Toda la Unidad Procesal se involucró activamente, decorando el espacio con globos y banderines, y entregando regalos a los niños como muestra de su compromiso colectivo y el acompañamiento sostenido.
Efectos legales de la adopción plena
La resolución judicial otorgó la adopción plena con efectos retroactivos a la fecha en que se dictó la guarda. Entre otras disposiciones, ordenó:
- La inscripción de los nuevos datos en el Registro Civil.
- La emisión de nuevos documentos de identidad.
- La garantía de que los hermanos mantendrán el vínculo con un hermano biológico, en cumplimiento con el derecho a la comunicación establecido en la legislación vigente.
Los dos hermanos salieron del fuero de Familia con una nueva identidad legal, un apellido compartido y el reconocimiento de la historia familiar construida a base de afecto y elección.

























