La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una acción de daños y perjuicios promovida por un matrimonio contra la conductora Rosa María Martínez Suárez (Mirtha Legrand), la productora y el canal, confirmando la sentencia de Cámara que los había eximido de responsabilidad civil. El caso se centró en la difusión de información que vinculaba a la pareja con la desaparición de un bebé en Mar del Plata, conocido como el «Caso C.»
El corazón de la decisión judicial fue la aplicación del estándar de la Real Malicia (o doctrina New York Times), un principio constitucional y convencional clave en materia de libertad de expresión.
La Corte, adhiriendo al dictamen de la Procuración, consideró que era imperativo aplicar este estándar debido a dos factores:
El Tribunal concluyó que las expresiones cuestionadas en las cuatro emisiones del programa estaban amparadas por la libertad de expresión, ya que no se logró acreditar que los demandados hubieran incurrido en real malicia, es decir, que hubieran difundido información falsa a sabiendas o con notoria despreocupación por su veracidad.
Respecto a los agravios por violación a la imagen e intimidad, el Máximo Tribunal también los rechazó.
Si bien se invocó la protección reforzada para la intimidad de niñas, niños y adolescentes (Ley 26.061), la Corte resolvió que la divulgación cuestionada se limitó a lo indispensable para explicar un asunto de gravedad institucional. Se remarcó que solo se mostró una fotografía del rostro de la actora y que no se difundieron imágenes ni nombres de sus hijas menores.
Con esta decisión, la Corte Suprema ratifica la jerarquía del derecho al debate público y a la libertad de prensa en casos de alta relevancia social.
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