Condenaron a Vía Bariloche por no resolver el reclamo de un pasajero a quien no le llegaron los boletos

El fuero Civil de Roca hizo lugar a una demanda por daños y perjuicios de un usuario que cometió un error tipográfico al ingresar su correo electrónico. La jueza determinó que la firma contó con 43 horas y datos suficientes para corregir el inconveniente antes del viaje y no brindó una solución ni un trato digno.

El Juzgado Civil de Roca dictó un fallo contra la empresa de transporte de pasajeros Vía Bariloche S.A., al hacer lugar a una demanda por daños y perjuicios presentada por un vecino de la localidad. El litigio se originó cuando el usuario encomendó a un familiar la compra por internet de tres pasajes terrestres para retornar desde San Miguel del Monte (provincia de Buenos Aires) hacia la provincia de Río Negro. A pesar de haber concretado el pago, los boletos nunca ingresaron a la casilla del destinatario debido a un error en la carga del correo electrónico, al cual se le agregó involuntariamente una letra adicional.

Durante las 43 horas previas a la partida del micro, el afectado entabló reiterados contactos telefónicos y vía correo electrónico para solicitar el reenvío de los pases o la rectificación del trámite. Sin embargo, los operadores del servicio técnico indicaron que los pasajes no figuraban emitidos por demoras en la plataforma, lo que obligó al pasajero a recurrir a un préstamo de dinero familiar para adquirir tres nuevos boletos y poder emprender el regreso. Posteriormente, las gestiones de reembolso iniciadas ante la empresa derivaron en requerimientos automatizados e incumplimientos en los plazos de devolución prometidos.

La jueza interviniente encuadró el caso bajo el plexo normativo de la Ley de Defensa del Consumidor, la Constitución Nacional y el Código Civil y Comercial, concluyendo que las fallas de tipeo de los usuarios en entornos virtuales constituyen riesgos previsibles dentro del comercio electrónico. En la sentencia se remarcó que el error inicial de carga no exime de responsabilidad a la prestadora, dado que contaba con el número de gestión, los datos filiatorios de los viajeros, el medio de pago y un teléfono de contacto para resolver la incidencia oportunamente. El fallo no se encuentra firme y permanece sujeto a las instancias de apelación de las partes.

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