Bariloche: la Justicia declaró injustificado el despido de un chofer protegido por fueros sindicales

La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche resolvió que un trabajador despedido sin desafuero judicial se encontraba aún bajo tutela gremial. La empresa deberá indemnizarlo y pagar los salarios correspondientes al período de protección sindical.

Un chofer de reparto de la firma C-PAT SRL fue despedido en marzo de 2024 tras ser acusado por su empleadora de un faltante de mercadería en el camión que conducía. Sin embargo, la Justicia laboral de Bariloche consideró que el despido fue injustificado, ya que al momento de la desvinculación el trabajador todavía estaba amparado por los fueros sindicales.

La Cámara Primera del Trabajo recordó que la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales prohíbe despedir, suspender o modificar las condiciones de un delegado sin resolución judicial previa. Esa tutela no concluye con el fin del mandato gremial, sino que se extiende por un año más. En este caso, el trabajador había sido delegado hasta diciembre de 2023, por lo que aún estaba protegido en la fecha de su despido.

El tribunal remarcó que este mecanismo no constituye un privilegio personal, sino una garantía institucional para proteger la representación sindical de posibles represalias. También citó jurisprudencia de la Corte Suprema, que exige el trámite previo de desafuero antes de aplicar cualquier sanción.

La empresa intentó justificar el despido alegando la existencia de un faltante de mercadería, pero para la Justicia lo central fue la omisión del procedimiento de desafuero, lo que invalidó la decisión patronal.

En consecuencia, se ordenó a la compañía indemnizar al trabajador como en un despido sin causa, abonar los salarios correspondientes hasta completar el período de estabilidad gremial y otros rubros legales. El tribunal, no obstante, rechazó los planteos por despido discriminatorio y la aplicación de multas adicionales, al no encontrar pruebas suficientes.

El fallo reafirma que la protección sindical se mantiene vigente más allá del mandato y que cualquier despido en ese período sin autorización judicial resulta nulo. La sentencia aún puede ser apelada.

Julian Fernández

Entradas recientes

Juicio por torturas a dos adolescentes en Roca: la Fiscalía solicitó la condena de cuatro policías

La etapa final del juicio oral y público contra cuatro integrantes de la Policía de…

14 horas hace

Allen: un carro gastronómico fue desplazado por el viento y provocó el vuelco de un auto

Un hecho de características atípicas se registró en la tarde del domingo en la localidad…

14 horas hace

Taparon el “María Emilia Soria 2027” y dejaron el mural de “Cristina 2027” en barrio Frank

La campaña rumbo a 2027 sumó un nuevo episodio en General Roca. En barrio Frank,…

18 horas hace

Narcotráfico en General Roca: allanaron una vivienda en el barrio San Martín y un hombre de 61 años quedó imputado en una causa federal

Una causa por presunta comercialización de estupefacientes instruida durante cuatro meses concluyó este fin de…

19 horas hace

Alerta por ciberestafas en General Roca: la trampa del falso SMS que promete pagar hasta 270 mil pesos para vaciar cuentas bancarias

Una nueva modalidad de fraude masivo encendió las alarmas de las autoridades y los especialistas…

19 horas hace

Aguiar defendió los acuerdos salariales de ATE en Río Negro y rechazó las críticas de sectores opositores

El secretario general de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, salió al cruce de las impugnaciones vertidas…

22 horas hace

Esta web usa cookies.