El Fuero de Familia de Villa Regina ordenó la restitución inmediata de un automóvil a favor de una mujer luego de finalizar la unión convivencial con su expareja. Tras la separación, el hombre había conservado el rodado para utilizarlo en el marco de un contrato de prestación de servicios con el municipio local, negándose a entregarlo a pesar de los reiterados reclamos de la demandante, quien acudió a la vía judicial para solicitar una medida autosatisfactiva.
La resolución le otorgó un plazo de 72 horas al demandado para la entrega del vehículo, advirtiendo que en caso de incumplimiento se procederá al secuestro directo de la unidad. Para fundar la decisión, la Justicia consideró que la documentación acreditaba de manera indiscutida la titularidad registral exclusiva a nombre de la mujer, remarcando que en el régimen de uniones convivenciales del Código Civil y Comercial cada integrante conserva los bienes inscriptos a su patrimonio, salvo que exista un acuerdo expreso en contrario.
Si bien el hombre alegó que la pérdida del automóvil afectaría sus ingresos laborales y sus derechos de propiedad, la sentencia señaló que hasta el momento no había promovido ninguna acción legal formal para reclamar eventuales aportes económicos en la adquisición del bien. Asimismo, el tribunal valoró la situación de riesgo de la titular al continuar desposeída de la propiedad contra su voluntad, ante la posible responsabilidad civil y legal derivada de siniestros viales o daños a terceros generados por un conductor sin autorización.
























