Detuvieron a un hombre en Cipolletti acusado de abusar sexualmente de una menor de su entorno familiar

allanamiento en María Elvira: La detención fue ordenada por la fiscalía y concretada por la comisaría 32 en el barrio rural, donde se secuestraron elementos de valor para la investigación.


Cipolletti, Río Negro. Un hombre fue detenido en el barrio rural María Elvira, cerca de la Isla Jordán, acusado de haber abusado sexualmente de una menor de edad que es integrante de su entorno familiar. La detención, ordenada por el Ministerio Público Fiscal local, se concretó el martes por efectivos de la Comisaría 32 durante el allanamiento a la vivienda.

Detalles del operativo y la investigación

El procedimiento se llevó a cabo en horas de la tarde e incluyó la requisa personal y el secuestro de material que pudiera servir como evidencia.

  • Evidencia: El allanamiento y la requisa resultaron en la detención del individuo y el hallazgo de distintos elementos de interés para la causa.
  • Colaboración: Trascendió que la develación de los hechos contó con el acompañamiento y colaboración de personal de un establecimiento educativo.
  • Pericias: Personal del Gabinete de Criminalística participó en el operativo para realizar los peritajes y registros de rigor.

Se espera que la audiencia de formulación de cargos contra el acusado se realice este jueves.

Las penas previstas por el código penal Rionegrino

El delito de abuso sexual en el Código Penal rionegrino prevé penas severas, que varían según la edad de la víctima y la gravedad del hecho:

  • Abuso Simple: Prisión de 6 meses a 4 años para quien abuse sexualmente de una persona menor de 13 años o mediante violencia, amenaza, abuso de autoridad o incapacidad para consentir.
  • Abuso con Ultraje: La pena se eleva de 4 a 10 años si el abuso constituye un sometimiento sexual gravemente ultrajante.
  • Abuso con Acceso Carnal: Si se comprueba acceso carnal (por vía anal, vaginal u oral) o actos análogos, la pena es de 6 a 15 años.
  • Agravantes: Las penas pueden elevarse hasta 20 años si concurren agravantes como ser familiar directo, autoridad, causar grave daño, contagio de enfermedad, o ser cometido por varias personas o en el marco de convivencia con menores.

También existen penas específicas (de 3 a 6 años) para el abuso sexual con acceso carnal a menores de 16 años cuando se aprovecha la inmadurez sexual y una relación de preeminencia del autor.

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