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Río Negro blinda los servicios públicos: prohíben cortes de luz, gas y agua a familias vulnerables hasta 2027

La Legislatura provincial sancionó una ley que impide a las empresas interrumpir el suministro por falta de pago a jubilados, beneficiarios de planes sociales y sectores de bajos ingresos. La normativa obliga a las prestatarias a restablecer el servicio sin cargo y a ofrecer planes de financiación que no asfixien el presupuesto familiar.

La Legislatura de Río Negro aprobó en las últimas horas una ley de fuerte impacto social que establece un paraguas de protección sobre los servicios básicos esenciales. En un contexto de creciente presión tarifaria y crisis económica, la nueva normativa prohíbe a las empresas distribuidoras de electricidad, gas y agua realizar cortes de suministro a los sectores más vulnerables de la provincia. La medida, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, busca garantizar niveles mínimos de dignidad habitacional en una región donde las condiciones climáticas vuelven a estos servicios una cuestión de supervivencia.

El proyecto, impulsado originalmente por la legisladora Magdalena Odarda, obtuvo un amplio respaldo en el recinto, sumando el acompañamiento del bloque oficialista Juntos Somos Río Negro. Durante el debate, se remarcó que el universo de beneficiarios no se limita únicamente a los titulares de las facturas, sino que se extiende a inquilinos y familias bajo regímenes de tenencia informal que acrediten su situación. El alcance de la ley protege específicamente a jubilados, pensionados, personas con discapacidad y aquellos hogares cuyos ingresos se ubiquen por debajo de la línea de la canasta básica total establecida por el INDEC.

Uno de los pilares de la ley es la obligatoriedad de las empresas de restablecer de manera gratuita cualquier servicio que haya sido interrumpido previo a la sanción, eliminando los costos de reconexión que habitualmente funcionan como una barrera de acceso. Respecto a la morosidad, Odarda aclaró que la norma no implica una condonación de las deudas acumuladas, sino una readecuación de los mecanismos de cobro: las prestatarias deberán ofrecer planes de pago cuyas cuotas no superen el 20% del valor de la factura de mayor costo, evitando así que el compromiso financiero comprometa la subsistencia diaria de los usuarios.

Para agilizar la implementación, la ley prevé un sistema de inscripción simplificado mediante declaración jurada, que podrá gestionarse tanto de forma presencial como virtual. Además, se establecieron sanciones para las compañías que incumplan con la prohibición de corte. «El acceso a los servicios no es un lujo, es un derecho humano, sobre todo en la región patagónica», señalaron desde el cuerpo legislativo, subrayando que la responsabilidad de la difusión de estos nuevos derechos recaerá sobre el Estado provincial para asegurar que la protección llegue efectivamente a cada hogar en situación de riesgo.

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