Un juez contencioso administrativo condenó al conductor de una camioneta y a su aseguradora, La Mercantil Andina S.A., a pagar 8.639.164,64 pesos más intereses a la obra social Ipross. El fallo se basó en una demanda de la obra social para recuperar los gastos médicos, farmacológicos y de traslado de un afiliado que resultó gravemente herido en un accidente.
El siniestro ocurrió en el kilómetro 983 de la Ruta Nacional N.º 3, cuando una camioneta Toyota Hilux ingresó desde un camino rural e impactó contra un camión Iveco que circulaba por la vía principal. Un pasajero de la camioneta sufrió lesiones de gravedad.
La víctima fue atendida en el Hospital Zatti de Viedma y luego trasladada en un vuelo sanitario al Sanatorio Juan XXIII de General Roca. Ipross cubrió la totalidad de los gastos.
La obra social inició una acción judicial contra el conductor de la camioneta, a quien se le atribuyó la responsabilidad del accidente por su maniobra imprudente. Una pericia técnica determinó que el conductor no respetó la señal de “PARE” antes de incorporarse a la ruta y que el camión no tuvo posibilidad de evitar la colisión.
La aseguradora reconoció la existencia de la póliza, pero cuestionó la totalidad del reclamo. Sin embargo, el juez consideró acreditadas las pruebas presentadas por Ipross, condenando tanto al conductor como a la aseguradora a abonar la suma reclamada.
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