Giro judicial: anularon la condena al exintendente Juan Reggioni y habrá un nuevo juicio

El Tribunal de Impugnación dejó sin efecto la sentencia por administración fraudulenta dictada en 2025. Detectaron graves errores procesales, contradicciones entre los jueces y la violación de garantías básicas del debido proceso.

En un fallo que redefine el escenario judicial para el exintendente de Fernández Oro, Juan Oscar Reggioni, el Tribunal de Impugnación de la provincia decidió anular la condena a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua que pesaba sobre él. La resolución no solo borra la sentencia anterior, sino que ordena realizar un nuevo juicio oral y público con un tribunal completamente diferente.

El caso, que investigaba presuntas maniobras fraudulentas con fondos destinados a la construcción de viviendas sociales, sufrió un revés letal debido a errores de «congruencia» y falta de lógica en el razonamiento de los jueces de primera instancia.

Los motivos de la anulación

El Tribunal de Impugnación fue tajante al señalar por qué el juicio anterior no es válido:

Cambio de los hechos: La fiscalía acusó a Reggioni por 12 viviendas específicas. Sin embargo, al momento de condenar, el tribunal de juicio usó parámetros distintos, con otras casas y otros beneficiarios. Esto viola el principio de congruencia: nadie puede ser condenado por algo de lo que no tuvo oportunidad de defenderse.

Contradicciones internas: El fallo reveló que los jueces que condenaron a Reggioni no se pusieron de acuerdo entre ellos. Mientras uno decía que no había certeza sobre los beneficiarios, el otro lo daba por hecho para fundar la culpabilidad.

Falta de perjuicio económico: Aunque se lo condenó por «administración fraudulenta», el fallo anulado no lograba explicar cuál fue el daño económico real al Estado, e incluso descartaba el desvío de fondos, lo que dejaba a la figura penal sin sustento.

¿Qué pasa con el resto de los involucrados?

A pesar de la anulación total del fallo, el Tribunal de Impugnación ratificó la absolución de Carina Marín, señalada en su momento como el nexo con las cooperativas de trabajo. Los jueces consideraron que no había pruebas suficientes para vincularla con las maniobras, postura que se mantuvo firme frente a los planteos de la fiscalía.

Borrón y cuenta nueva

Con esta decisión, el proceso vuelve a foja cero. Reggioni deberá enfrentar un segundo juicio donde se producirá nuevamente toda la prueba. Hasta que ese nuevo debate ocurra y se dicte una sentencia firme, el exjefe comunal recupera su estatus de inocencia y queda sin efecto la inhabilitación para ejercer cargos públicos que le habían impuesto.

Para la política regional, este fallo representa un fuerte tirón de orejas al sistema judicial por las desprolijidades técnicas en causas de corrupción pública, y le otorga a Reggioni una «segunda oportunidad» en los tribunales.

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