El texto ingresado por el Ejecutivo plantea una transformación profunda del sistema laboral argentino y avanza, especialmente, sobre puntos sensibles de la negociación colectiva y el funcionamiento de los sindicatos. Estos son los principales cambios incluidos en el proyecto:
La iniciativa fija una baja permanente de las contribuciones patronales para el empleo vigente:
Además, las empresas deberán aportar un 3% de la masa salarial a los nuevos Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que financiarán las indemnizaciones por despidos. Ese porcentaje se descontará del aporte previsional al SIPA. También habrá estímulos temporales para quienes contraten nuevo personal.
El proyecto redefine la base de cálculo de las indemnizaciones, eliminando conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios por no ser considerados “salarios en especie”.
Para pymes, se habilita la posibilidad de pagar las indemnizaciones en cuotas.
Los FAL, administrados por entidades financieras autorizadas por la CNV, recibirán una comisión del 2%. En los juicios laborales, las actualizaciones deberán seguir el IPC más un 3%.
Se incorpora la posibilidad de fraccionar las vacaciones en períodos mínimos de siete días, algo que ya ocurre por vía práctica en algunos sectores.
El régimen propuesto habilita:
La reforma detalla qué se considera remuneración y permite el pago en pesos, moneda extranjera o parte en especie.
Además, incorpora el concepto de “salario dinámico”, que puede establecerse en convenios —o incluso por decisión del empleador— vinculado al mérito o productividad, un punto que despierta preocupación en los gremios porque podría presionar a la baja los pisos salariales de convenio.
Las empresas dejarán de estar obligadas a retener la cuota sindical de los afiliados. Solo podrán hacerlo si el trabajador lo autoriza expresamente.
Sobre las cuotas solidarias, el proyecto no las menciona, pero al eliminar la ultraactividad de los convenios, se desprende que quedarían sin efecto salvo nueva negociación.
Se dispone que las cláusulas obligacionales de los convenios vencen y deben renegociarse en un plazo de un año. La Secretaría de Trabajo podrá suspender cláusulas normativas.
Un cambio clave es la inversión de la regla de prelación: los convenios de menor ámbito —por empresa— prevalecerán sobre los de mayor ámbito, favoreciendo negociaciones descentralizadas. También se facilitará la obtención de personería gremial para sindicatos de empresa.
La reforma amplía la definición de actividades esenciales y crea la categoría de “actividades de importancia trascendental”.
Además:
Para empresas, la alícuota del impuesto a las ganancias baja del 30% a 27% y del 35% a 31,5% según el tramo.
También se propone eliminar diversos impuestos internos —incluidos cigarrillos, bebidas alcohólicas, electrónicos y telefonía, entre otros—.
El proyecto incluye además la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), un “mini RIGI” destinado a empresas nacionales y extranjeras sin antecedentes tributarios, con pisos de inversión que van desde US$ 150.000 para microempresas hasta US$ 30 millones para grandes compañías.
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