El fuero de Familia de Roca determinó una división de bienes del 50% para cada miembro de una expareja que mantuvo una unión convivencial durante 16 años. El fallo se basa en el esfuerzo compartido, a pesar de que la ley establece que los bienes pertenecen a quien los registró a su nombre.
La causa se inició por un hombre que reclamaba la propiedad de la vivienda que, según él, había construido. Sin embargo, la mujer alegó que ella había contribuido a la ampliación de la casa y también a la economía familiar.
La jueza a cargo del caso aplicó la perspectiva de género debido a una denuncia paralela por violencia familiar. El tribunal valoró que, si bien el hombre construyó la vivienda con su trabajo, la mujer también contribuyó económicamente y ayudó en las mejoras. Además, ambos atendían un comercio, por lo que los bienes de ese negocio también fueron considerados en la distribución.
La jueza argumentó que la justicia debe reconocer la situación de desventaja histórica de las mujeres y resolver los casos considerando las desigualdades estructurales. De esta manera, se comprobó que el inmueble y los bienes del negocio eran fruto de un esfuerzo conjunto, por lo que se dispuso una distribución equitativa entre ambas partes.
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