Compró un celular y le cobraron ocho: Banco y emisora deberán pagar multa civil y daño moral

Un vecino de Cipolletti adquirió un teléfono por internet pero en su tarjeta aparecieron cargos por ocho equipos que nunca recibió. Tras meses de reclamos sin solución, la justicia rionegrina responsabilizó de forma solidaria al Banco BBVA y a Prisma Medios de Pago, ordenando una indemnización por daño moral, una multa civil y la devolución del dinero con intereses.

Lo que comenzó como una compra online de un celular para un vecino de Cipolletti terminó convirtiéndose en un extenso conflicto legal. El hombre, que intentó en reiteradas oportunidades adquirir un teléfono móvil a través de una tienda virtual, vio cómo la transacción se rechazaba una y otra vez. Finalmente, logró comprar un solo equipo, pero en el resumen de su tarjeta Visa Platinum, emitida por el Banco BBVA Argentina S.A., aparecieron ocho operaciones en cuotas: la real y otras siete que nunca concretó.

Pese a que el cliente realizó reclamos inmediatos ante el banco y la emisora de tarjetas Prisma Medios de Pago S.A.U., los débitos indebidos continuaron mes a mes. Ante la falta de respuesta, inició una denuncia ante la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, que en su rol de autoridad de Defensa del Consumidor sancionó a ambas empresas y ordenó devolver el dinero descontado.

Lejos de acatar, las compañías apelaron la medida, pero sus recursos fueron rechazados y la sanción confirmada. El consumidor entonces acudió al fuero Civil de Cipolletti para reclamar no solo el reintegro, sino también daños y perjuicios, daño moral y daño punitivo.

En su fallo, la Justicia determinó la responsabilidad solidaria de Banco BBVA y Prisma por aplicar cobros injustificados y prolongar la situación sin ofrecer una solución rápida. Como resultado, las condenó a pagar:

-Una multa civil por daño punitivo,

-Una suma por daño moral,

-La actualización de intereses sobre el monto dispuesto por la Agencia de Recaudación Tributaria, desde la resolución inicial hasta el pago efectivo.

La sentencia destacó que la conducta de las empresas vulneró derechos básicos del consumidor, prolongó indebidamente un perjuicio económico y evidenció un trato abusivo, lo que justificó la aplicación de sanciones ejemplificadoras.

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