Bloqueó a la madre tras saber del embarazo: la Justicia reconoció la paternidad y el derecho a la identidad de la niña

La historia comenzó cuando una mujer, al enterarse de que estaba embarazada, buscó comunicárselo al padre de la niña. Apenas recibió la noticia, el hombre la bloqueó en todas sus redes sociales y cortó cualquier vía de comunicación. Sin apoyo durante el embarazo, la madre afrontó sola la gestación y los primeros años de crianza.

Tiempo después, ante las preguntas de la niña sobre su padre, la mujer intentó retomar el diálogo, pero nuevamente fue bloqueada. Ante la falta de respuesta, inició una mediación en la que se acordó realizar una prueba de ADN. El análisis, practicado en abril de 2023 en un laboratorio de Roca, arrojó un resultado positivo que confirmaba el vínculo biológico.

Sin embargo, el hombre no asistió a la reunión posterior para formalizar el acuerdo, ni cumplió con la devolución del 50% del costo del estudio. Esto llevó a la madre a iniciar una acción judicial de filiación, solicitando además una prestación alimentaria provisoria, que fue concedida como medida cautelar.

En la resolución, la jueza de San Antonio citó los artículos 570 y 579 del Código Civil y Comercial, que regulan la determinación de la filiación y permiten ordenar pruebas genéticas de oficio. También invocó la Convención sobre los Derechos del Niño, que en sus artículos 7 y 8 garantiza el derecho a conocer a los padres y preservar la identidad, así como tratados internacionales que protegen el derecho al nombre y a la identidad de las personas menores de edad.

El fallo destacó la fuerza probatoria de la pericia genética realizada por el Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro, que no fue objetada por ninguna de las partes, y la importancia de la verdad biológica como principio rector en procesos de filiación.

Con la certeza científica sobre el vínculo, la magistrada hizo lugar a la demanda, declaró que la niña es hija extramatrimonial del demandado y ordenó su inscripción en el Registro Civil, respetando su voluntad de mantener el apellido materno. La sentencia subrayó que el derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes requiere una protección reforzada, por tratarse de una cuestión de orden público e interés superior.

Gaston Yelmini

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