Agosto de 2025 incluirá un feriado nacional inamovible y un día no laborable con fines turísticos, según lo estipulado en el calendario oficial. Sin embargo, esto no garantiza que todos los trabajadores puedan disfrutar de un fin de semana largo, ya que su aplicación dependerá del tipo de empleador y del sector laboral.
El viernes 15 de agosto fue designado como día no laborable con fines turísticos por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1027/2024, que eliminó los feriados puente y los reemplazó por jornadas optativas. En este caso, los empleados del sector público generalmente tienen libre, mientras que en el sector privado será cada empleador quien decida si se trabaja o no. En caso de que se preste tareas ese día, el pago será el habitual, sin recargos ni compensaciones adicionales.
Por otro lado, el domingo 17 de agosto se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, una fecha que constituye un feriado nacional inamovible. En esta jornada, los trabajadores que deban cumplir funciones deben recibir una remuneración con recargo del 100%, es decir, el doble del salario habitual. Aquellos que no trabajen ese día deberán recibir su salario completo sin descuentos.
Desde el sector turístico, empresarios han manifestado su descontento por la eliminación de los feriados puente, señalando que afectará el movimiento económico que solían generar estos fines de semana largos.
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