Un reciente fallo del fuero de familia del Valle Medio puso de relieve que el derecho a la identidad va mucho más allá de una carga genética. La historia comenzó hace años, cuando una adolescente de 16 años quedó embarazada. A pesar de saberlo desde el primer momento, el padre decidió no hacerse cargo, se mudó a Buenos Aires y mantuvo un vínculo prácticamente nulo con su hijo, limitándose a aportes económicos ínfimos y esporádicos.
Con el objetivo de que su hijo conociera su origen real, la madre inició una demanda de filiación extramatrimonial. Durante el proceso, la ciencia fue tajante: la prueba de ADN arrojó una probabilidad de paternidad del 99,999999996%. Sin embargo, a pesar de la contundencia del resultado, el hombre se negó a realizar el reconocimiento voluntario.
En este contexto, la Justicia no se limitó a firmar un acta. La Defensoría de Menores solicitó escuchar al joven, quien fue claro sobre cómo percibe su propia identidad. Si bien el proceso confirmó quién es su progenitor biológico, el adolescente expresó su voluntad de no llevar el apellido de quien lo abandonó.
La jueza interviniente destacó que el derecho a la identidad es un derecho humano fundamental protegido internacionalmente, pero que debe respetar la realidad vivida por el menor. Al haber sido la madre y su familia quienes sostuvieron la crianza frente a la ausencia total del padre, la Justicia resolvió:
El fallo sienta un precedente sobre la importancia de escuchar a los hijos en los procesos de filiación, priorizando su estabilidad emocional por sobre los formalismos de los nombres de familia.
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